Antes que nada, quiero aclarar que escribo esta respuesta a petición de la directora de este medio, poco sospechosa de no ser feminista.
La primera consideración se enfoca al movimiento feminista, movimiento sanamente policromático y emergido de unos cimientos principales sobre los que se sustenta. Son muchos los aspectos que abarcan el contenido filosófico y social del movimiento. La independencia de los pueblos, sin embargo, no se cuenta entre ellos. El derecho a la autodeterminación, no se cuenta entre ellos.
Pero lo más lamentable, en definitiva, es que sea precisamente un movimiento que nace de la lucha contra el statu quo y que en el pasado tuvo que enfrentarse a los sistemas legales que pisoteaban los derechos de las mujeres hasta, por ejemplo, alcanzar el sufragio universal, plantee ahora argumentos idénticos a algunos de los que en su dÃa se argumentaron para contenerlo. Esgrimir legitimidades subjetivas y remitirse a códigos legales para subyugar lo que en definitiva es la lucha por los derechos de un pueblo, viniendo de un partido que defiende los derechos de otro grupo (y que lo suyo ha tenido que pasar para alcanzar muchos de estos) parece, además de contradictorio con sus principios, cainita.
Empezamos a desglosar los puntos:
Uno de los principios que deberÃa prevalecer cuando se emite un comunicado oficial con aspectos técnicos que no se pueden pormenorizar y por tanto deben afirmarse, deberÃan ser la honestidad y el conocimiento del terreno sobre todo aquello que se afirma, especialmente si se dice como si se fuera una autoridad. Ya desde el primer punto se emite una afirmación deshonesta por el subterfugio que contiene que, como veremos, va a marcar la tónica del resto del comunicado.
El primer punto se enfoca en que la sentencia se ajusta absolutamente a Derecho al cumplir fielmente lo dispuesto a los artÃculos del Código Penal de 1995 en lo referente a los delitos de sedición, desobediencia y malversación imputados a los acusados.
A este respecto conviene, en primer lugar, fijarse en que no especifica a qué artÃculos se refiere, basta con creérselo (yo no lo hago y compruebo si lo que me dicen es cierto) y, en segundo lugar, recordar que dicho código penal ha sido modificado en diversas ocasiones y que, al respecto concretamente del delito de desobediencia sobre el que se ha emitido sentencia por la celebración del referéndum, y desde el año 2005, tras la derogación los artÃculos 506bis, 521bis y 576bis introducidos en la modificación de la Ley Orgánica 20/2003, estos actos fueron explÃcitamente declarados exentos de reproche penal.
Publicado en el BOE y, consecuentemente, entrando en vigor el 22 de junio de 2005, y puesto que los actos que conducen al delito de desobediencia son posteriores a tal fecha, en estricto respeto al Código Penal vigente, los acusados no es que no puedan ser condenados por la desobediencia derivada por la celebración del referéndum contradiciendo una orden judicial; es que no podÃan, siquiera, ser acusados por ello. No se les podÃa penar, incluso, ni aunque no tuvieran competencias para hacerlo. Esta realidad se obvia en la sentencia en flagrante violación de los derechos de los acusados según dicta el Codigo Penal VIGENTE.
Tan solo este "detalle" ya deberÃa bastar para barrer la afirmación de que la sentencia "se ajusta absolutamente a derecho". Ya hemos visto que eso no es asÃ. Pero ello evidencia, como veremos más adelante, que no solo tal afirmación es falsa, sino que además en este juicio se han considerado exclusivamente los artÃculos del Código Penal que permitÃan condenar a los acusados ignorando aquellos que, más allá incluso de impedir su condena, los eximÃan de ser enjuiciados por algunos de estos cargos (no todos), siendo esta criba de leyes ejecutada por los jueces.
FiscalÃa no tiene potestad para acusar penalmente sobre unos actos explÃcitamente exentos de reproche penal desde la derogación del artÃculo 506bis (el que hace referencia explÃcita al tratamiento de referéndums y consultas fuera de competencias) y los motivos expuestos para la misma.
Aplicar principios penales desoyendo fundamentos previos que impiden su aplicación y que legalmente se está obligado a considerar, por parte de un juez o de un fiscal, no ofrece en modo alguno garantÃa de imparcialidad.
Quiere ilustrarse con ello que, si bien la ley española sà resulta suficientemente garantista, no asà quien tiene el deber y la obligación de hacerla cumplir. Esto lo veremos inmediatamente al analizar el segundo párrafo del punto primero de este comunicado. Recuerden cuándo se lo digo: esta será una de las razones (no la única) por la que el TEDH tumbará la sentencia, que lo hará.
El segundo párrafo del primer punto se enfoca en la legitimidad de un Estatut d'Autonomia arguyendo que fue aprobado por referéndum por la mayorÃa de catalanes. Eso es estrictamente falso. El actual Estatut d'Autonomia de Catalunya no fue aprobado en referéndum por la mayorÃa de catalanes, por lo que no puede esgrimirse su validación popular como argumento para legitimarlo. El texto aprobado por la mayorÃa de catalanes fue recortado por el Tribunal Constitucional para convertirse en el Estatut vigente, arguyendo que algunos de los artÃculos contenidos entraban en contradicción con la Constitución Española.
Todo estarÃa relativamente en orden de no darse la circunstancia de que los mismos artÃculos vetados en el Estatut son vigentes en los estatutos de otras comunidades autónomas. Por poner un ejemplo, más de la mitad de los preceptos recurridos del Estatut catalán están incluidos y son vigentes en el andaluz, especialmente los relacionados con las competencias relativas a designación de representantes de órganos constitucionales, ubicación y financiación de infraestructuras, financiación, competencias aeroportuarias, relaciones con la UE y (atención a esta porque sobre ella pivota buena parte del asunto que nos concierne) consultas populares.
El tercer párrafo es una cadena de despropósitos, empezando por tildar de ignorante en lo relativo a la Constitución y el Código Penal a quien tacha la sentencia de "polÃtica". Como ya hemos visto, es precisamente el desconocimiento suficiente de estas lo que permite decir que no lo es.
El comunicado prosigue diciendo que las leyes de transitoriedad jurÃdica habilitaron la ruptura con el sistema jurÃdico español. El hecho de que los acusados hayan sido juzgados por dicho sistema jurÃdico (el español) deberÃa bastar para ver que esa ruptura es incompatible con la realidad.
Continúa diciendo que se celebró un simulacro de referéndum. A ver si entendemos las cosas. O fue un referendum, o fue un simulacro. Cuando yo juego a un videojuego de esos en los que disparas a los malos y los matas, virtualmente, los estoy matando, pero es un simulacro. Si lo hago de verdad, entonces no es un simulacro, es asesinato. Se me podrá imputar por matar a alguien, pero no por simular hacerlo. Esto no deberÃa ser demasiado complicado de entender.
Al respecto, como dice el comunicado, de que se hizo pese a la expresa prohibición judicial, me remito a la derogación de los artÃculos 506bis, 521bis y 576bis del Código Penal, antes nombrados, para poner sobre la mesa que tal situación está exenta de reproche penal, motivo por el cual, como ya se ha dicho, los acusados no pueden ser condenados por ello. No pueden ser ni acusados penalmente por ello. ¿Falta administrativa? Seguramente. ¿Grave? PodrÃa ser. ¿Delito penal? Ni por asomo.
Luego habla de una inexistente proclamación de independencia. Bueno, para ser justos, lo cierto es que inexistente del todo, no fue. Pero sà lo fue a nivel jurÃdico, pues a este nivel es como si no existiera hasta que se publica en el BOC, circunstancia que no se dió. JurÃdicamente hablando, no hay declaración de independencia. Si jugamos a que vivimos en Minority Report, entonces podrÃamos. Pero como no estamos, afortunadamente, en una pelÃcula de ciencia ficción (¿o sÃ?) en la que puedes condenar a alguien por lo que no ha hecho, perdonen el progrullo, pues no se puede condenar a nadie por aquello que no ha hecho. Por decirlo de manera clara: Si no has matado, no eres asesino.
El siguiente párrafo (y ya pronto terminamos con el punto uno, que es el más tostón, y nos metemos en la filosofÃa del asunto), dice que los condenados trabajaron clandestinamente para esconder las urnas. Eso no es asÃ. Las urnas se escondieron en casas privadas y todo el proceso en el que intervienen los pormenores de la celebración del referéndum (o simulacro, yo ya que sé, que según conviene se celebró y según conviene no se celebró) se llevó a cabo por ciudadanos comprometidos. El papel de los polÃticos era configurar las cosas de forma tal que se fuera a celebrar un referéndum y de eso no se escondieron en ningún momento. Lo dijeron públicamente y es sabido por todos. Era tema de conversación. Se hablaba de ello en los medios de comunicación. Se dieron ruedas de prensa. No se montó semejante pollo porque lo hicieran a escondidas sino por todo lo contrario: todo el mundo lo sabÃa. Era un pulso con el estado, efectivamente. Un pulso, qué se yo... como el que en su dÃa tuvieron las sufragistas feministas.
Termina el párrafo diciendo que ningún paÃs democrático de nuestro entorno hubiera consentido ni un dÃa que semejantes acciones (se refiere a los altercados que hubo el 1-O) se sucedieran. Eso es cierto. PaÃses en nuestro entorno, asà a ojo, hay cuatro: Francia, Portugal, Andorra, Reino Unido y Marruecos (que no sé si terminar de considerarla una democracia plena, ya me entienen). De estos, el que se vió en una tesitura similar fue Reino Unido. La diferencia, señoras, es que Inglaterra, para impedirlo, no mandó 10.000 efectivos a aporrear a los votantes. Lo que hizo fue permitir el referéndum. La diferencia es notable, puestos a comparar.
El último párrafo del primer punto es para enmarcar. Esgrime como garantÃa democrática de la que pesumir el hecho de que no se juzgara a los polÃticos y activistas exiliados (a los que se refiere como prófugos, luego explico por qué no lo son). En realidad hubiera sido maravilloso aceptar las condiciones que se propusieron para poder hacerlo con todas las garantÃas. No es que no se intentara juzgarlos de todas todas, que para eso el magistrado Llarena ya emitió las conocidas órdenes de extradición que, una por una, fueron tumbadas por tribunales realmente garantistas. De hecho, negarse a juzgarlos a distancia solamente refleja que la "justicia" española no quiso exponerse a que tales juicios se vieran sometidos a supervisión. Eso no es garantista, sino lo contrario.
Y ahora explico por qué los exiliados no son, como dice el comunicado, prófugos de la justicia, sino exiliados. En todas las ocasiones en las que la justicia española ha emitido una euroorden, los afectados se han presentado voluntariamente a las comisarÃas o juzgados pertinentes para hacer frente a sus responsabilidades. Lo han hecho en paÃses distintos, siempre con el mismo resultado, sin excepción. Tras la última euroorden emitida por el mismo juez Llarena contra el MHP Carles Puigdemont tras la sentencia del Tribunal Supremo, este se ha presentado, otra vez, voluntariamente y la justicia belga lo ha dejado en libertad sin fianza. Eso no es ser prófugo. Se está acudiendo a todas las llamadas a la justicia en paÃses garantistas. Cuando esto sucede en prácticamente todos los paÃses menos en el propio, donde la respuesta ya se sabe que será otra, como las euroórdenes indican, y por esa razón uno se expatria, a eso se le llama exilio. Son exiliados, no prófugos. Y no es una cuestión de opinión sobre lo que uno crea o no qué significa cada palabra. Las definiciones de ofrece la RAE, la autoridad sobre el significado de las mismas, no deja lugar lugar a dudas. Para la RAE:
Prófugo,ga: Dicho de una persona: Que anda huyendo, principalmente de la justicia o de otra autoridad legÃtima.
Exiliado,a: Expatriado, generalmente por motivos polÃticos.
Esta inclinación que exhibe el comunicado hacia la culpabilización de los afectados en términos tan graves como inciertos, deberÃa invitar más al cuestionamiento que al aplauso. A no ser, claro está, que la manipulación, la mentira y la injusticia sean merecedoras de apluso.
Aquà ya entramos más en la filosofÃa del asunto. Se limita a cuestionar el derecho a la autodeterminación exponiendo que esta solo se aplica a las colonias y procede a exponer la definición que de esta da la ley internacional. No es más que un giro leguleyo para mantener sometido a un pueblo que no quiere estar sometido y para lo cual esgrime una definición oficial sobre lo que es una colonia para establecer que, legalmente, Catalunya no lo es. De todas formas, como verán, eso da absolutamente igual. Importa un pimiento. Porque si bien es cierto que ese bulo se ha difundido de forma extremadamente eficaz entre los que quieren argumentar la falta de legitimidad del pueblo catalán, no viene mal hablar con un conocimiento real de lo que se habla y no solamente en base a lo que se oye por ahÃ. Porque lo que pasa es que las Naciones Unidas, al contrario de lo que dice el manifiesto, NO limita a las colonias el derecho a la autodeterminación. Posteriormente se ha debatido largo y tendido cómo esto aplica a colonias, pueblos indÃgenas, etcétera, habiendo se emitidos comunicados al respecto que, hablando de colonias, hayan podido dar lugar a malos entendidos. Pero lo cierto es que el texto REAL de las Naciones Unidas, el ICCPR, que es el que cuenta al respecto, es el siguiente:
"All peoples have the right of self-determination. By virtue of that right they freely determine their political status and freely pursue their economic, social and cultural development".
"Todos los pueblos tienen derecho a la libre determinación. En virtud de ese derecho, determinan libremente su estatus polÃtico y persiguen libremente su desarrollo económico, social y cultural.
"Peoples", no "Colonies". "Pueblos", no "Colonias".
Traducido a la práctica: El derecho a la autodeterminación no es un derecho de las colonias, sino de los pueblos. Negar el derecho a la autodeterminación es violar los derechos tanto individuales como comunales. No se le puede negar a nadie el derecho a decidir a qué paÃs debe pertenecer ni impedirle independizarse.
No me dilataré mucho sobre este aspecto. Solamente dejo un mapa de 1852 en el que la propia España etiqueta sus regiones diferenciando entre la "España Uniforme", la "España Foral" y, atención, la "España Incorporada o asimilada" para ilustrar que las diferencias son reales, reconocidas, suficientes para legitimar la autodeterminación de Cataluña. Vean el mapa y saquen conclusiones.
El punto tres hace un amago de explicar esta situación exponiendo que no se trata a Catalunya como territorio colonizado independientemente de que lo sea o no. Para ello expone que Catalunya tiene sus propias instituciones para administrarse a sà misma en competencias como sanidad, educación, prisones, asuntos sociales, etcétera. Eso serÃa cierto si estas no fueran secuestrables por el Estado Español. Valga la aplicación del artÃculo 155, que se las puede retirar, y lo ha hecho, para mostrar que eso no es cierto. Cataluña tiene sus instituciones solamente si España le deja, solamente cuando España quiere. No son, consecuentemente, realmente suyas.
El punto cuatro expresa ofensa y molestia por el hecho de que el independentismo catalán exponga que vive en una dictadura comparable con la franquista. TendrÃa sentido si el independentismo catalán soplara semejante disparate, pero lo cierto es que no lo hace. El independentismo catalán se limita a mostrar las limitaciones en el marco de la democracia española que le impiden a esta decir que la democracia española es plena y totalmente garante, pero no llega al punto de equipararla al franquismo. En esencia, el punto 4 solamente expresa una ofensa hiperventilada disfrazada de justa indignación sobre un hecho simple y llanamente falso. Sà es verdad que un elevado porcentaje de ciudadanos, y no solamente los independentistas, consideran como muestra de falta de garantÃas democráticas suficientes el hecho de que haya presos polÃticos. Y no sirve, como expone este punto, decir que el mero hecho de que se puedan expresar posturas partidarias al independentismo sin que ello conduzca a prisión sea prueba de que los presos actuales no son presos polÃticos. Pretender que el hecho de que haya personas que pueden expresar su disconformidad con el estado español y que están libres barre el argumento de que sus presos son polÃticos es tan delirante como pretender que Nelson Mandela no era un preso polÃtico solamente porque habÃa otras militantes contra el Apartheid que no estaban presos.
Dice que es falso que el pueblo catalán sea independentista en su totalidad. Eso no hacÃa falta decirlo. De hecho, el referéndum se presentó precisamente para dirimir cuál era el porcentaje de independentistas frente al que no, lo cual no tendrÃa sentido partiendo de la premisa de que ya todos lo eran. Pero es que lo grave es que el punto 5 afirma que el sector independentista afirma eso, lo cual es rotundamente falso. El sector independentista jamás ha afirmado semejante bobada. Si afirmara eso, ¿Para qué iba a ser necesario, desde tal paradigma, un referéndum? Sin embargo, el comunicado afirma que sÃ. Una mentira flagrante impropia de un comunicado oficial.
El punto seis parte de la confusión entre renta y reparto económico. Si bien es cierto que el slogan "España nos roba" forma parte de un subgrupo del independentismo catalán, este ni proviene (como pretende el comunicado) de la burguesÃa catalana ni es el centro de las ansias independentistas de este pueblo. Además, el comunicado intenta transmitir la idea de que lo que pretende la burguesÃa catalana es mantener una mayor proporción de ingresos a costa de los más pobres del resto del estado español. Si eso fuera cierto, la independencia serÃa lo último que esa supuesta burguesÃa "ladrona" querrÃa. ¿Cómo iban a seguir aprovechándose de los más pobres de España desligándose de ellos? Si la burguesÃa catalana realmente quisiera aprovecharse de los más pobres de España mediante impuestos, la única forma que tendrÃa para lograrlo serÃa, precisamente, permaneciendo en España y forzando polÃticas fiscales que condujeran a ese fin, no desvinculándose de ella. El punto seis es contradictorio consigo mismo.
Me gustarÃa poder comentar este punto, pero para eso antes tendrÃa que entenderlo. Se asumen premisas absolutamente arbitrarias. Hasta donde yo recuerdo, el mayor ejemplo de la unión de los pueblos lo han mantenido los estados imperialistas como el dirigido por Hitler durante la segunda guerra mundial o la propia España cuando pretendió comerse el mundo y afortunadamente no lo consiguió, a pesar de todos los genocidios que ambos enfoques provocaron. Espero, honestamente, que la izquierda no sea eso. Porque me considero de izquierdas, no imperialista. Prefiero pensar en la izquiera internacional como un acuerdo entre distintas culturas y naciones, no como una suerte de estado unitario inquebrantable bajo el yugo de unas normas que fuerzan a una unidad no deseada por buena parte de los ciudadanos como si de una distopÃa orwelliana se tratase.
En este punto se afirma que escindir Catalunya de España únicamente beneficia a la BurguesÃa. Eso se dice mucho pero honestamente me gustarÃa que alguien me explicara en qué forma, porque por mucho que se dice, nunca se explica el porqué. Es fácil suponer que es una afirmación totalmente arbitraria que únicamente se esgrime por la fuerza emocional de ir contra todo aquello que solo beneficie a la burguesÃa. Pero lo más febril es que se afirma que dentro de esta burguesÃa a la que solo beneficiarÃa la escisión de Catalunya, la que más se beneficiarÃa serÃa especialmente la militar que junto a la OTAN y los estaods imperialistas divide naciones para someterlas y una retahÃla de delirios más propios del terraplanismo que de un feminismo maduro y responsable. Porque se da la circunstancia de que es todo lo contrario. Y no me va a hacer falta echar mano de sesudos análisis para exponerlo. Desde la última semana, sin ir más lejos, quien se ha posicionado a favor de la OTAN ha sido precisamente el estado español y, en contraposición, ha sido Catalunya quien se ha posicionado en contra, en el momento de apoyar a TurquÃa en su pretensión de someter y destrozar las comunas kurdas de Rojava, que se destacan, precisamente, por ser horizontales, asamblearias y feministas. Las que más. A la OTAN no le interesa la división porque sÃ. A la OTAN le interesa la división de aquellas naciones que van contra sus intereses y apoya a los estados que usan el poder militar para someterlas, ciertamente. Pero actualmente estamos asistiendo a ana masacre humanitaria en la que se está matando a civiles por el hecho de querer mantener una identidad propia con una cultura basada en los derechos humanos, el feminismo, la pluralidad y la defensa de las minorÃas. Y es España quien está con la OTAN y es Catalunya quien está en contra, no al revés, como se expone en este punto.
Como no podÃa faltar en el argumentario unionista, habÃa que citar a Pujol. Más mentiras. Los catalanes le han dado la espalda a Pujol, el independentismo (encarnado en la CUP a este efecto) le dio la patada a Mas, y Puigdemont (cuya familia tiene una pastelerÃa, que no es una multinacional armamentÃstica precisamente) es a quien puso en su lugar. Lo puso una mayorÃa parlamentaria surgida de las urnas. Algo que, en democracia, deberÃa no solamente respetarse sino gozar de especial protección. Es falso que las izquierdas no se hayan expresado al respecto (al respecto de apoyar las reclamaciones de las clases trabajadoras). Lo han hecho hasta decir basta. Y los catalanes, también. Más que nadie. Me gustarÃa ver la misma repulsa que los catalanes han mostrado hacia Pujol por parte de los españoles hacia el Sr. M.Rajoy, sea quien sea, a ver si algún dÃa el CNI descubre quién es. Decir que Pujol encabeza el independentismo es rotundamente falso. Pujol siempre ha mantenido con España una relación que los catalanes llaman de "peix al cove" que consiste en negociar con el estado las mejores polÃticas económicas para Catalunya, pero siempre dentro del marco español, sin aventurarse en cambios radicales en lo relativo a la relación de Cataluña con España. Puede que idealmente Pujol sea independentista, pero no lo practica. Y de hecho, no fue hasta su salida del Govern cuando el independentismo pudo empezar a tomar forma.
Que se nieguen, visto lo visto, a secundar las acciones de protesta contra una sentencia injusta, ya las posiciona. La mayor parte de estas protestas han sido, son, y serán pacÃficas. Es cierto que hemos asistido en los últimos dÃas a acciones que, más que violentas, uno calificarÃa de incÃvicas. En cualquier caso, y por si pudiera surgir la tentación de pensar qué hubiera podido provocar según qué reacciones, me remito a las palabras de uno de los dirigentes de C's (no precisamente independentista), el Sr. Jordi Cañas: "Os vamos a montar un Ulster que os váis a cagar". Este punto afirma que apoyar las protestas contra la sentencia del Supremo beneficia a las pretendiones de la BurguesÃa de explotar a los trabajadores y las mujeres de toda España. Me remito a lo expuesto en el punto 6. Es absurdo pretender que la burguesÃa catalana tendrá más fácil explotar a los trabajadores y mujeres españolas estando fuera de España en lugar de dentro. No sé en qué manera se ha podido llegar a semejante conclusión. ¿No ven que es absurda?
Para terminar, quisiera expresar mi sorpresa al contemplar cómo un partido polÃtico cuyas raÃces se encuentran en la lucha contra el statu quo, echa mano de os argumentos este para entorpecer las legÃtimas luchas que también se enfrentan a él, comprando el discurso del mismo statu quo contra el que se supone que deberÃan luchar.
En conclusión, el comunicado parece proyectar más la opinión personal de la presidenta del Partido Feminista, secuestrando la formación para posicionarla en un punto en el que el feminismo no deberÃa posicionarse en tanto en cuanto rechaza la posición contraria que muchas feministas defienden. Desde el feminismo se puede estar en contra de la violencia, se puede estar en contra de las diferencias salariales, se puede estar en contra de la explotación, pero no se puede, ni se debe, estar en contra del legÃtimo derecho a expresar rechazo ante una sentencia que considera injusta, mucho menos echando mano de argumentos falaces cuando no directamente falsos.